No basta con que se enuncien los tres poderes clásicos , sus atribuciones y esferas de competencias para que exista esa división .
En la Consttuición del "consenso " , el Legislativo es un mero apéndice ornamental de las mayorias turnantes -y tunantes,- en el Gobierno y sus aliados oligárquicos : en la Cosntitución , en la práxis política , queda constatado .
El órgano supremo del Poder Judicial - el que nombra todos los cargos clave de la judicatura- es nombrado , digitalizado , por las oligarquías de los partidos políticos , en el Parlamento , a partir de las propuestas de la oligarquía de la judicatura que , a su vez , han pactado las candidaturas .
Para más INRI , el Presidente de Consejo del Poder Judicial ....es nombrado mucho antes de que se constituya el Consejo.
La Fiscalía , que es Jefe natural de la Policía Judicial , queda bajo el dominio del Gobierno de turno ; un Gobierno que es titular del indulto y del régimen pentenciario ....
El Consejo del Poder Judicial es , respecto al Gobierno , un órgano " vicario " puesto que todos su medios - materiales y de personal - dependen del Gobierno .
El Presidente del Gobierno puede , y lo hace , nombrar a los Presidente del Congreso , del Senado , del Consejo del Poder Judicial .... y a muchos más " representantes " de las Instituciones puesto quien tiene la mayoría parlamentaria " nombra" a quien le venga en gana : senadores y diputados no pintan nada y se limitan a aceptar lo ordenado por su jefe de filas limitándose a apretar el "botón " correspondiente ( alguanas veces tenemos visto que aprietan , también , el de su vecino ....) y a actuar como "claque " del perorador de turno ....
Eso , ¿ es separación de poderes ?...
Quie venga San Montesquieu y lo vea....
Continuará ...
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