viernes, 6 de octubre de 2017

A VUELTAS CON LAS AUTONOMÍAS

La disparidad económica , los desequilibrios territoriales  son usados tanto por los neocentralistas ( de derechja e izquierda )  como por los neofederalistas  : aquello de las "deudas históricas " - no solo económicas -  tan utilizado por todos , y  sin excepción ,  para arrimar ascua a sardina propia .
  Tenemos un sistema , unos instrumentos , de "nivelación  que se sustancia  en un sistema fiscal de recaudación asimétrico y que es la causa de las turbulencias existentes  en la corresponsabilidad fiscal
  Tenemos un sistema "dual ·" : régimen especial y régimen común .
   El primero se aplica  en Navarra , País Vaso y  , en cierta medida , en las Islas Canarias .y el segundo en el resto de territorios .
  En el " sistema de concierto ",- régimen especial - es de autonomía fiscal : se recadan los impuestos principales y un cupo pactado se transfiere a la hacienda central en concepto de compensación  por los "servicios prestados " y  contribución al fondo interterritorial ; es decir :  los gastos que  se generan en los territorios forales por los organismos de la Administración del Estado en esos territorios y los gastos "comunes"
  En el sistema general o común  , los ingresos delas CC. AA. se nutren  de la cesión  y gestión  de algunos impuestos y de su participación en los ingresos de todo el Estado .
  A partir  de 1994 , la cesión  a las CC.AA. de la recaudación  del IRPF , en sus propios  ámbitos territoriales  ( sobre el 30 %  de esa recaudación )  apunta a una cierta autonomía financiera y corresponsabilidad fiscal . 
   Tenemos un sistema autonómico  asimétrico que  es causa de múltiples problemas por no haber quedado resueltas las  reivindicaciones históricas  de los distintos territorios obviando sus particularidades y hechos diferenciales ...  o atentando  contra ellos queriendo imponer un igualistarismo , un uniformismo heredado del centralismo político-administrativo , de la "nacionalización unitarista " de los siglos  XIX y XX .
  El sistema  fiacal de "cupo "y el sistema federal/foral podría expiarse ( explicación de andar por casa  ) utilizando la figura de una Mancomunidad de Popietarios en régimen de horizontalidad ( regulación de la Ley de Propiedad Horizontal de 21 de julio de 1960 y posteriores modificaciones ) . Pensemos en una urbanización , cerrada , compiuesta por varios bloques independientes  pero con zonas y servicios comunes ( seguro , viales , alumbado , jardines , piscina , ...) El presupuesto general , de toda la urbanización , contempla  los gastis presumibles para el mantenimiento de los  servicios comunes y un reparto alícuoto del mismo entre los distintos bloques y según el presumible uso de aquellos servicios .  El presupuesto de cada bloque de los que componen la urbanización contempla los gastos de los servicios , exclusivos , del bloque  incluyendo la parte alícuota de los gastos de los servicios comunes de la urbanización  y un reparto alícuoto de esos gastos según el uso presumible de ellos por cada unidad registral ( coeficiente  en la propiedad  del bloque )
  La urbanización tiene sus "órganos de gobierno " y gestion  compuesto de - y elegido por -  miembros  de las comunidades  de los bloques y con mandato imperativo de sus convecinos : un presidente , un secretario, un administrador , cajero , vocales sectoriales ... que son nombrados por la asamblea de los representantes de los diferentes bloques que conforman la urbanización . Esoa órganos no se inmiscuyen en los asuntos internos de los bloques... salvo en aquellas materias que puedan colisionar con os intereses de la urbanización  : cada bloque tiene , a su vez , sus órganos de gobierno y gestión - con mandato imperativo de sus convecinos -  por la asamblea de propietarios del bloque .
  Todos los bloques funcionan ,internamente , independientemente y sin injerencias de los órganos de la urbanización  (salvo  en lo referido a la urbanización  ) y ésta funciona  funciona con arreglo a lo que los bloques hayan trasladado a sus órganos de gobierno y administración  .
   Ambos  , mancumunidad y mancomunados -  se gobiernan por acuerdos , con mandato imperativo hacia sus , respectivos , órganos de gestión  adoptados en sus , respectivas , asambleas .
  Pura lógica democratica .
  Últimamente se alzan voces que piden abolir el sistema de "cupo " y que las comunidades forales queden rebajadas al sistema "común "  y que se recentralice España  ....
  Yo  pregunto :   ¿no sería más beneficioso para todos generalizar el sistema de "cupo "  e ir a un sistema federal ?
 

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