Debe existir leyes que impongan la máxima transparencia y que exijan la responsabilidad de todos los cargos públicos - electos o no - de calquier instituición pública .
La ciudadanía tiene derecho a conocer , exacta y cláramente y en todos sus extremos , los compromisos de los aspirantes , a qué se dedicaban antes de acceder al puedsto , a que una vez investido ....
La ciudadanía tiene derecho a pedir , a exigir responsabilidades políticas y jurídicas sobre los actos de los servidores públicos .
Débese , piues , legislar para que ese derecho sea jerecible mediante una fórmula de REVOCACIÓN DE MANDATO dirigida hacia cualquier cargo electo , sea cual sea su nivel , en caso de incumplimiento de promesas electorales ( MANDATO IMPERATIVO ) , faltas a la ética o "moral política " ....
Mientras los cargos electos no resondan de sus actos ante la ciudadanía , el voto periódico resulta un "cheque en blanco " , una "patente de corso " para actuar como les venga en gana y eso es cualquier cosa menos democracia .
El VOTO ES LA MÁXIMA EXPRESIÓN DE LA SOBERANÍA POPULAR PERO NO LA ÚNICA .
El voto implica la obligación , de los cargos electos , a someterse a la voluntad de la ciudadanía y se debe regular la incompatibilidad entre cargos públicos y privados para evitar el uso de los primeros con fines de promoción y lucro personal . Esta incompatibilidad no solo queda referida al periodo de ejercício público - es de cajón , ¿no ? - : tras el cese de cualquier cargo público , los cesantes no podrán entablar relaciones laborales - sea de la índole que sea - con empresas privadas que tengan relaciones mercantiles con la Administración o su entorno o tengan posibilidad de ello a futuro .
Los cárgos públicos cesantes deberán retornar a las actividades profesionales que ejercían antes de acceder a cualquier cargo público o , si no , deberán "buscarse la vida " como cualquier otro ciudadano .
La remuneración de los cargos , "políticos " , públicos , electos deberá estar en consonancia con la que recibían en la "vida civil " y , en todo caso , no podrá superar la media de ingresos que perciba cualquier profesional del "sector privado , de similar nivel
Los cargos "políticos " públicos , o de cualquier otra índole no podrán simultanear el ejercício público , estatal o de cualquier otra índole , no podrán simultanear el ejercício público estatal con cargos orgánicos en los partidos políticos - ni recibir remuneración alguna por parte de éstos - ni con el ejercício de cualquier otra actividad lucrativa - laboral , mercantil o profesional - ya que todo su tiempo lo debe dedicar , exclusívamente , al servicio público .
La duración de los mandatos , de todos los cargos electos , debe quedar regulada a un máximo de dos legislaturas .
Continua en nueva entrada ...
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