sábado, 28 de octubre de 2017

ESTADO DE LAS AUTONOMIAS : UNA FEDERALIZACIÓN INAPLAZABLE

 Existe  entre los españoles una confusión - ¿inducida ? - sobre lo que significa federación  : la experiencia pasada - cantonalismo en la Iª República ,  desvaríos de ciertos nacionalismos ....- ha lastrado la opción federal en un país  cuya heterogeneidad histórica lo hacen escenario ideal para la puesta en práctica de la ideología federalista : puesto que es plural y con una fuerte diferenciación  etnicoterritorial e histórica  , sería  lógica  la solución federal . El común  de los "españoles "  se sienten ciudadanos de su municipio , de su comarca , de su "región "  a la vez que conciudadanos entre si y con el resto de "españoles " ... frente a lo que "viene de fuera " .
     Las característica principales de un ESTADO FEDERAL   , frente al simplemente descentralizado o "regionalizado "  son : 
      = Potestad de auto organización  de las "unidades políticas ! que o componen 
       = Posibilidad de participación directa en la elaboración  de las decisones qn el conjunto del Estado .
    El " modelo  autonómico " diseñado en la Constitución de 1978 es " cuasi federal " puesto que el Título VIII deja abierta - retoques mediante -  la puerta para que  se pudfiera ir  a una federalización plena y efectiva .
    Si hacemos un rapido a la "história autonómica " , podemos constatar  que el sistema ha causado  asimetrías  , nivel competencial ,  entre nacionalidades y regiones y que , a su vez , ha causado una heterogeneidad administrativa demencial  , lo que ha provovado , asu vez ,  distorsiones en las relaciones entre gobiernos autonómicos y locales y entre las administraciones autonómicas y los organos periféricos del Estado
      Diputacion , Cabildo y  Consejo Insular .... propician una duplicidad administrativa con agencias , negociados  .... cuyas competencias se solapan o , diréctamente , entran en colisión con las autonomías y el Estado . Y ,ello , se ve agravado por su uso/abuso instrumental para "defender" interese partidistas en las luchas  por el poder local , comarcal , provincial , autonómico y estatal .
   La modernización de las administraciones adecuándolas a la realidad autonómica no debe llevarnos a la desaparición  de algunos órganos como instancias administrativas de prestación de servicios púbicos , que se hace necesaria una imbricación  de las actividades provinciales en la vida de las comunidades autónomas mediante el traslado de su status jurídico al marco juridico autonómico . Y eso requiere una reforma constitucional que asegure la participación  en el ámbito estatal por medio de los representantes municipales , comarcales , provinciales y autonómicos : el otorgar a los distritos electorales provincales mayor peso en la representación  territorial .

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