LEGITIMIDAD es un vínculo , de doble dirección , entre quien(es) ejercen el poder ( entendido como delegación ) y quienes otorgan ese poder .
Dicho de otra forma : un contrato por el que "X " apodera a "Y " para que, en su nombre y representación , realice determinadas acciones ( esas acciones y no otras ) .
Si el mecanismo utilizado para otorgar el apoderamiento se ajusta a la Ley y a la Norma , tendrá el apoderado LEGITIMIDAD DE ORIGEN .
En los sistemas democráticos , la ciudadanía (poderdante ) , por medio de elecciones libres , manifiesta su voluntad y decisión de delegar su poder en determinado partido político ( apoderado) porque el "plan de gobierno " ( programa electoral ) presentado lo considera el más idóneo para lograr el bien común . Esa elección inviste al partido político ( a su Gobierno ) con la legitimidad de origen .
Si el partido político ( su Gobierno ) cumple el plan (programa electoral ) por el que fue elegido, a la legitimidad de origen sumará la LEGITIMIDAD DE EJERCICIO .
Un Gobierno , cualquier Gobierno , no puede aducir " circunstancias sobrevenidas " como justificación para incumplir sus promesas electorales; unas promesas que indujo a la ciudadanía a otorgarle el poder representativo . No lo olvidemos .
Un Gobierno , cualquier Gobierno , si no puede cumplir su programa electoral , sus promesas electorales, debe renunciar poniendo a disposición de la ciudadanía el poder que le otorgó .
EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA, el partido que lo sustenta , ha incumplido , reiterádamente , la parte que le corresponde del contrato de apoderamiento aduciendo , sistemáticamente , "circunstancia sobrevenidas " , ergo : debe renunciar y poner a disposición de la ciudadanía el poder que le fue cedido por esta ya que carece de legitimidad de ejercicio
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