El CONSERVATISMO ( no hay errata ) es un movimiento internacional que aúna toda la "ideología " de las distintas derechas existentes . Incluido los fascismo y neotradicionalismos .
Sus teóricos dicen que es " una filosofía política y social enraizada en el Cristianismo y el Derecho Natural ".
Frente a los que les tachan de inmovilistas , aducen el " conservatismo tiene un carácter universal , supranatural y posee la flexibilidad necesaria y suficiente para amoldarse a la historia y el progreso ya que sus principios son básicos y fundamentales : una columna vertebral inmutable ; principios que no excluyen la necesidad de que sus consecuencias , sus especificidades concretas y sus modalidades accidentales evolucionen , cámbien y se adapten según las circunstancias propias de la vida civica y social de cada paíos y época : una "teoría política " y sociológica abstracta y realista, invariable , cambiente pero anclada en lo eterno pero siguiendo las alternancias del transcurso social " (sic ) - Un magnífico galimatías monumento a la contradicción . ¿No ? -
Su postulado fundamental reza que la organización , funcionamiento y progreso de toda sociedad civilizada debe estar condicionada por ciertas bases , esenciales , de espiritualidad y moralidad ; unas bases que deben presidir y encuazar la vida , toda , colectiva : esos y no otros deben ser los cimientos sobre los que edificar toda la estructura social : el criterio conservatista exige atenerse , en lo fundamental , a los "principios inmutables " ( innegociables ) del cristianismo , la ética del Derecho Natural ... y sin sujeción , en lo accidental , a teoría alguna preestablecida : soluciones realistas y concretas que aconsejen las circunstancias - de cada sociedad , lugar y momento - y que se estimen como más convenientes para el bienestar ... siempre que se basen en los principios del Cristianismo.
Y ... ¿ cuales son esos principios superiores innegociables ?
- Creencia en Dios y en un " orden trascendente " superior a la voluntad humana ( Teocentrismo y predeterminación )
- Respeto a las "tradiciones y a la Patria "
- Reconocimiento que la " autoridad " ( aún ilegítima o ilegitimidada - legitimidad de origen y ejercício ) -), la familia y el ordenamiento jurídico que son los pilares básicos de toda convivencia social .
- Fe en el ser humano , como individualidad física y espiritual con sus libertades y derechos básicos pero con "inevitables desigualdades y limitaciones naturales "
- Intención de implantar la justicia , social y económica , ateniéndose a las posibilidades reales rechazando enérgicamente el " populismo con sus consecuentes desorden y demagogia "
"Toda gran cuestión política va siempre envuelta en una gran cuestión ideológica " ( Donoso Cortés se quedó tan ancho después de soltar esta perogrullada )
Para los conservatistas , el punto de partida del Marxismo es un todo absurdo, demagógico , ateo y materialista : la base ideologica del conservatismo es la creencia en Dios como cimiento de todo lo creado. Máxime en el orden político y social ( Un teocentrismo que deriva en integrismo para terminar siendo una teocrácia )
El Ser Supremo es el creador de todo lo existente : de El viene todo orden moral y es la fuente de la naturaleza de las cosas por lo que es el fundamento último del Estado , del Gobierno , de la organización social y del derecho Positivo ( Cualquier ayatolá , rabino , cura integrista ... podría suscribir , sin despeinarse , estas afirmaciones . ¿ No ? ) .
La fe en Dios , nuestro Señor , en su verdadera Iglesia , el acatamiento a las enseñanzas políticas , sociales y económicas de catolicismo constituye , pues , la declaración primaria y fundamental del conservatismo ( y de cualquier fundamentalismo religioso ), del neotradicionalismo , neofascismo ....
¿ Qué diferencia existe entre el conservatismo con aquellos fundamentalistas que reclaman un teocentrismo ,que conduce a una teocracia , universal ?
Frente al "internacionalismo , apátrida , revoluvionario " , oponen los conservatistas el amor a la patria y sus tradiciones : el "sentimiento patriótico es uno de los más nobles impulsos del alma porque nos habla de la madre , del hogar familiar , del suelo donde nacimos , de tradición y honor... por lo que hay que ensalzar las "glórias nacionales " y luchar por mantener la integridad de los bienes y valores que conforman el patrimonio inmaterial , moral , de la nación " ...
El.ideario conservatista atesora concepciones espìritual - patrióticos : honda convicción de que la vida colectiva debe cimentarse en los inmutables e innegociables dictados de la Moral Católica y el Derecho Natural (¿...? ); unos dictados que exigen respeto a la autopridad -sin pararse en discernir sobre su legitimación /legitimidad de origen y ejercício - y al ordenamiento jurídico ( idem ) , al matrimónio manogámico ( ¿también entre personas del mismo sexo ?) y a la familia ( ¿ también a la monoparental o formada por parejas del mismo sexo ? ) , al derecho de propiedad ( ¿ donde queda su función social ? ) y la dignidad del ser humano ... "que esté debídamente integrado en la comunidad " ( los humanos que , por razón que sea , no están integrados en la sociedad , ¿no merecen /tienen derecho a que sean respetados sus derechos ? )
Frente el despotismo y la anarquía , defienden los conservatistas el principio de una "autoridad fuerte " -institucionalizada por medio de una Carta Magna - creadora y tuteladora del ordenamiento jurídico positivo ( ¿ Una dictadura constitucional tipo fascista ? )
Abogan , así mismo , por un sistema democrático porque es es el menos malo de los sistemas posibles .... pero recalcando que no con un modelo liberal - roussoniano o democrata-representativo ni , ¡ por supuesto !, participativo : reclaman un modelo conceptuado por la "filosofía católica tradicional " ( ¿....? ) que no caiga en el populismo barato , en el socialismo materialista ...
Para los conservatistas es indispensable el mantenimiento del matrimonio y la familia ( según su concepto de ambos ) y presentan oposición a cualquier intento " disolvente " reclamando la protección y amparo del núcleo familiar mediante una " adecuada política de asignaciones especiales " : viviendas "populares " , facilidades para la educación y mantenimiento de la prole ...
La propiedad privada es , para los conservatistas , un "derecho natural e intangible de la persona " puesto que asegura al individuo , a la familia , el sustento material indispensable para asegurar al individuo , a la familia , su autonomía , su libertad e independencia frente a los poderes del Estado y las "contingencias de la vida " : la sociedad ideal no es aquella en la que no exista la propiedad privada y si aquella en la que mediante una progresiva subdivisión del dominio , todos sus habitantes tengan acceso a la propiedad , reglamentada por leyes , de manera que cumpla una doble función : individual y social .
Los bienes han sido creados para satisfacer las necesidades humanas y , por tanto , los propietarios no solo deben ejercer sus facultades en provecho própio que , también , en beneficio de la entera colectividad . ( Parece que están hablando de la función social de la propiedad , pero no ).
El Estado , en forma "prudente " y supletoria , sin usurpar ni atropellar los derechos individuales , debe adoptar medidas legislativas y administrativas conducentes a asegurar el cumplimiento de los fines del interés colectivo del dominio y , específicamente , de los bienes de producción : ¿ debe haber libertad de empresa ? . Si , pero sometida a las limitaciones exigidas por el "bien común " .La Justícia Socila debe ser aplicada , sin demagógias , al mejoramiento de las condiciones sociales y económicas del país y , en especial , de los asalariados .
"Estabilidad no es modernidad " - Metternich - : el conservatismo define los principios , la estructura básica de la " civilización , cristiana , occidental " porque constituyen los cauces necesarios para "canalizar el progreso , la libertad dentro de un orden " ...
¿ De qué le ha servido al hombre la conquista del espacio y el adelanto , genérico, sociológico si se le ha despojado de todos sus bienes espirituales y morales ? . Para los conservatistas , por encima de todo está el Reinado de Cristo y todas las acciones humanas deben ser encaminadas a ello .
El "ideario" conservatista podría ser muy válido se se despojara de su integrismo religioso : de hecho podría ser suscrito por muchos que se dicen de " izquierda "
De hecho , existe un "carlismo " - dentro de los muchos que se pregonan como tales - que sustentan esas "ideas " dejando olvidado todo el integrismo religioso ( el teocentrismo que lleva a la teocracia ) que impregna todo el conservatismo .
También existe un "carlismo " que podría ser calificado como conservatista extremo : el tradicionalismo integrista meapilas .
Para escribir este ladrillo ha resultado imprescindible las lecturas siguientes :
"El Conservatismo : ideario, acción y futuro " de Jorge Ivan Hubner
" El nuevo conservatismo y la revolución social cristiana " de Reynaldo Antonio Tefel
Textos varios de Michel Creuzet
"En defensa de la política " de Bernard Crikk
"Conservatismo y nacionalismo " de Julio Irazusta
Varios de Chateubriand
Varios de Burke
" de Lord Hug Cecil
Textos sobre pietismo
Varios de Donoso Cortes
" de Gambra
También me ha sido muy util la visita a "muros " ,blogs y foros de la Comunión Tradicionalista y de la Comunión Tradicionalista Carlista .
jueves, 20 de julio de 2017
viernes, 7 de julio de 2017
REALES Y PRESIDENCIALES REGALIAS
Las imágenes corresponden a los "palacios" de Moncloa y Zarzuela: unos inmuebles propiedad de Patrimonio Nacional - de todos los españoles - pero que están siendo usufructuados por el Presidente del Gobierno del Reino de España ( y familia ) y por su Monarca ( y família ) , respectívamente .
Ambosdós palacetes corren por cuenta y cargo de los Presupuestos Nacionales : mantenimiento ordinário y extraordinário ,despensa , bodega , servicio ... . Es decir : lo pagamos todos y cada uno de los españolitos ..
Mientyras que el común de los mortales tenemos que pagar amortización de hipoteca / alquilesr ,cuota de comunidad ,, luz , agua , gas , vado . IBI , património , despensa y bodega , cable , internet .... resulta que los "inquilinos " de esos palacetes lo tienen todo pagado - un forfait de baldes que abona Patrimonio Nacional - y gastan menos que un calvo en gomina y peines .
Según la Ley de IRPF (35/2008) , la utilización , consumo u obtención de bienes y servicios , para fines particulares,en forma gratuita o por precio inferior al mercado se considera "salario en especie " y tiene un tratamiento fircal ( Art 8 Reglamento de IRPF ) por lo que se debe declarar .
Pues bién ,se resulta que el Srey tiene asignado un sueldo , que la Reina Consuerte ( ah ,no , que es consorte ) también y sus descendientes ...
Igaulamente el Presidente del Gobierno tiene asignado un sueldo y una serie de complementos salariales ....
Ambos dos , Rey ( y familia ) y Presidente ( y familia ) gozan del usufructo de sendos inmuebles - propiedad de todos los españoles : somos sus caseros - y con todos los gastos pagados ( suministros y servicio ) : costo ,para ellos , total igual a cero .
La pregunta del millón : ¿ reflejan en su declaración anual de I.R.P.F. ?Rey y Presidente del Gobierno esos "salarios en especie " ?
Ambosdós palacetes corren por cuenta y cargo de los Presupuestos Nacionales : mantenimiento ordinário y extraordinário ,despensa , bodega , servicio ... . Es decir : lo pagamos todos y cada uno de los españolitos ..
Mientyras que el común de los mortales tenemos que pagar amortización de hipoteca / alquilesr ,cuota de comunidad ,, luz , agua , gas , vado . IBI , património , despensa y bodega , cable , internet .... resulta que los "inquilinos " de esos palacetes lo tienen todo pagado - un forfait de baldes que abona Patrimonio Nacional - y gastan menos que un calvo en gomina y peines .
Según la Ley de IRPF (35/2008) , la utilización , consumo u obtención de bienes y servicios , para fines particulares,en forma gratuita o por precio inferior al mercado se considera "salario en especie " y tiene un tratamiento fircal ( Art 8 Reglamento de IRPF ) por lo que se debe declarar .
Pues bién ,se resulta que el Srey tiene asignado un sueldo , que la Reina Consuerte ( ah ,no , que es consorte ) también y sus descendientes ...
Igaulamente el Presidente del Gobierno tiene asignado un sueldo y una serie de complementos salariales ....
Ambos dos , Rey ( y familia ) y Presidente ( y familia ) gozan del usufructo de sendos inmuebles - propiedad de todos los españoles : somos sus caseros - y con todos los gastos pagados ( suministros y servicio ) : costo ,para ellos , total igual a cero .
La pregunta del millón : ¿ reflejan en su declaración anual de I.R.P.F. ?Rey y Presidente del Gobierno esos "salarios en especie " ?
MUNICIPALISMO - VII -
" UNA ADMINISTRACION , UNA COMPETENCIA "
La nueva normativa impuesta por el Partido Popular ( ...que no da puntada sin hilo ), limita las competencias municipales de los ayuntamientos :
Reduce los servicios que venían prestando los municipios degradándolos hasta una simple evaluación : les queda vetada la intervención directa debiendose limitar a "elevar a instancia superior las evaluaciones realizadas "
En los ámbitos deportivo y cultural , los ayuntamientos quedan limitados a la "evaluación y promoción " debiendo abstenerse de cuaqlquier prestación de servicios .
En educación , salud y servicios sociales desaparecen las competencias municipales pasando éstas a las CC.AA.
Queda suprimida toda posibilidad de intervención por parte de los ayuntamientos en temas relacionados con cultura , promoción de la mujer ,vivienda , protección del medio ambiente , etc .
En cambio , a las diputaciones provinciales ( "Gobierno Provincial " empiezan a denominarlas algunos conspícuos miembros del P.P. ...) se les adjudica la "coordinación de los servicios muicipales " ....
Con esta adjudicación de competencias , los ayuntamientos quedan como meros ejecutores de las propuestas de las , respectívas , diputaciones provinciales respecto a los servicios y la forma de prestarlos ; una prestación que tendrá como único determinante el coste efectivo de los servicios mínimos obligatorios ; un coste efectivo determinado por la Administración Centra ....
Para que un municipio pueda prestar un , cualquiera , servicio , deberá , previamente , que justificar que el coste real es menos del que diga , al respecto, su Diputación Provincial y solo podrá contratar o prestar , el Ayuntamiento , un servicio si ha recibido el "placet " de su Diputación Provincial ...
Hablando en plata : via expedita a la "externalización " de los servicios públicos con la sola decisión de una institución ( D.P. ) ; ¡ una institución que adolece de total falta de control ciudadano ! .
Toda esa pérdida competencial de los municipios es un vaciamiento institucional de los ayuntamientos y la consiguiente pérdida de poder ciudadano en el ámbito local : a uno de los poderes más cercanos al ciudadano se le limita , hasta el estrangulamiento , su campo de toma de decisiones sobre los asuntos que afectan más diréctamente a la ciudadanía .
El Ayuntamiento es la institución más cercana a los ciudadanos y , también , la más idónea para la interlocución a la hora de plantear , planificar , presupuestar y ejecutar acciones para satisfacer las necesidades de la población .
Con la , peregrina , excusa de la "eliminación de duplicidades" , lo "caro " que es la prestación de servicios por parte de los municipios , la nueva normativa que se debe retirar a los ayuntamientos competencias que tienen al respecto .... pero ¿no cae en la cuenta ? que las actuaciones de las diversas administraciones no son duplicidades y si actuaciones complementarias , supletorias o subsidiarias .
La "reforma " legal de marras nace con un error de principio : "las administraciones locales , pequeñas , son las que más endeudadas están y eso es prueba de mala gestión "
Para contestar ( aunque mala y pésima gestión haberla hayla ) la falacia que encierra esa afirmación , solo hay que darle un repaso a las estadística : los municipios de 20.000 habitantes ( o menos ) solo acumulan el 18% de l total de la deuda pública mientras que los grandes ( Madrid , Barcelona , Valencia , Sevilla .... gobernados por el P.P. cuando se promulgó esa normativa ) suman más del 35 % de esa deuda .
Otro si digo : los municipios menores de 20.000 habitantes son los de menor gasto por habitante/ servicio y en lo que la ratio de deuda por habitante es más baja :aproximádamente el 50% de la deuda de las medianas y grandes ciudades .,
Con esas , manidas excusas la nueva normativa le mete mano a las Entidades Locales Menores : las gestionadas diréctamente por los vecinos ( concejo abierto )
¿ Puerta abierta un expolio por parte de los de siempre ?
El 8% de España - 4.510 .000 hectáreas - está en régimen de procomún : una propiedad común que quedará en dependencia de monicipios más grandes y / o diputaiones provinciales ... que , a su vez , estarán en la obligación de gestionar la propiedad común , - procomunal , del común - con "criterios de eficiencia y racionalidad económica " ( Madoz , Godoy , Mendizabal ....) . Esto , no supone su puesta en el "mercado " ? ; ¿ no supone que podría entregarse a la empresa privada la "gestión " recursos hídricos ,mineros , forestales , cinegéticos .... hurándo a concejos y juntas vecinales el aprovechamiento económico/social de esos recursos ?
El Partido Popular no da puntada sin hilo...
Lo descrito , ¿ no es una neodesamortización del procomún ?
La nueva legislación ( el Partido Popular ) no para ahí , que fomenta la "fusión de municipios " , con independencia de su tamaño y poniendo como señiuelo las " múltiples facilidades de acceso a subvenciones , convenios y planes de cooperación ... Pero recalcando el cumplimiento , a rajatabla , del objetivo de estabilidad presupuestaria , deuda pública y regla de gasto "
La nueva normativa promueve una "adaptación a las circunstancias " vía racionalización , austeridad y sometimiento a las leyes del mercado ( ¿ mercadeo ? " , pero no resuelve ninguno de los condicionamientos que han conducido a los ayuntamientos a la crisis actual : debilidad financiera , secuestro de la democrácia local por parte de la partitocrácia y los intereses privados ; subordinación a la "lógica " del crecimiento contínuo ....
La nueva Ley ( el Partido Popular ) no pretende , no obedece a otra cosa que una recentralización competencial y eso supone la pérdida total de la autonomía municipal en la gestión presupuestaria y en la prestación de servicios .
La enfermiza obsesión del Goierno ( Partido Popular ) por la "eficácia y sostenibilidad " , y con estas "reformas ", no traerá mas que nuevos recortes en las partidas sociales a novel local . Unos recortes que se sumarán a los realizados a nivel general .
Vuelvo a escribir : todo esto no es otra cosa que legislar para facilitarle el camino a los intereses privados a fín de que se hagan con la gestión de la totalidad de los servicios públicos ; unos servicios que le serán cobrados al ciudadano " a precio de mercado " .... sin bajarle los impuestos .
La nueva normativa impuesta por el Partido Popular ( ...que no da puntada sin hilo ), limita las competencias municipales de los ayuntamientos :
Reduce los servicios que venían prestando los municipios degradándolos hasta una simple evaluación : les queda vetada la intervención directa debiendose limitar a "elevar a instancia superior las evaluaciones realizadas "
En los ámbitos deportivo y cultural , los ayuntamientos quedan limitados a la "evaluación y promoción " debiendo abstenerse de cuaqlquier prestación de servicios .
En educación , salud y servicios sociales desaparecen las competencias municipales pasando éstas a las CC.AA.
Queda suprimida toda posibilidad de intervención por parte de los ayuntamientos en temas relacionados con cultura , promoción de la mujer ,vivienda , protección del medio ambiente , etc .
En cambio , a las diputaciones provinciales ( "Gobierno Provincial " empiezan a denominarlas algunos conspícuos miembros del P.P. ...) se les adjudica la "coordinación de los servicios muicipales " ....
Con esta adjudicación de competencias , los ayuntamientos quedan como meros ejecutores de las propuestas de las , respectívas , diputaciones provinciales respecto a los servicios y la forma de prestarlos ; una prestación que tendrá como único determinante el coste efectivo de los servicios mínimos obligatorios ; un coste efectivo determinado por la Administración Centra ....
Para que un municipio pueda prestar un , cualquiera , servicio , deberá , previamente , que justificar que el coste real es menos del que diga , al respecto, su Diputación Provincial y solo podrá contratar o prestar , el Ayuntamiento , un servicio si ha recibido el "placet " de su Diputación Provincial ...
Hablando en plata : via expedita a la "externalización " de los servicios públicos con la sola decisión de una institución ( D.P. ) ; ¡ una institución que adolece de total falta de control ciudadano ! .
Toda esa pérdida competencial de los municipios es un vaciamiento institucional de los ayuntamientos y la consiguiente pérdida de poder ciudadano en el ámbito local : a uno de los poderes más cercanos al ciudadano se le limita , hasta el estrangulamiento , su campo de toma de decisiones sobre los asuntos que afectan más diréctamente a la ciudadanía .
El Ayuntamiento es la institución más cercana a los ciudadanos y , también , la más idónea para la interlocución a la hora de plantear , planificar , presupuestar y ejecutar acciones para satisfacer las necesidades de la población .
Con la , peregrina , excusa de la "eliminación de duplicidades" , lo "caro " que es la prestación de servicios por parte de los municipios , la nueva normativa que se debe retirar a los ayuntamientos competencias que tienen al respecto .... pero ¿no cae en la cuenta ? que las actuaciones de las diversas administraciones no son duplicidades y si actuaciones complementarias , supletorias o subsidiarias .
La "reforma " legal de marras nace con un error de principio : "las administraciones locales , pequeñas , son las que más endeudadas están y eso es prueba de mala gestión "
Para contestar ( aunque mala y pésima gestión haberla hayla ) la falacia que encierra esa afirmación , solo hay que darle un repaso a las estadística : los municipios de 20.000 habitantes ( o menos ) solo acumulan el 18% de l total de la deuda pública mientras que los grandes ( Madrid , Barcelona , Valencia , Sevilla .... gobernados por el P.P. cuando se promulgó esa normativa ) suman más del 35 % de esa deuda .
Otro si digo : los municipios menores de 20.000 habitantes son los de menor gasto por habitante/ servicio y en lo que la ratio de deuda por habitante es más baja :aproximádamente el 50% de la deuda de las medianas y grandes ciudades .,
Con esas , manidas excusas la nueva normativa le mete mano a las Entidades Locales Menores : las gestionadas diréctamente por los vecinos ( concejo abierto )
¿ Puerta abierta un expolio por parte de los de siempre ?
El 8% de España - 4.510 .000 hectáreas - está en régimen de procomún : una propiedad común que quedará en dependencia de monicipios más grandes y / o diputaiones provinciales ... que , a su vez , estarán en la obligación de gestionar la propiedad común , - procomunal , del común - con "criterios de eficiencia y racionalidad económica " ( Madoz , Godoy , Mendizabal ....) . Esto , no supone su puesta en el "mercado " ? ; ¿ no supone que podría entregarse a la empresa privada la "gestión " recursos hídricos ,mineros , forestales , cinegéticos .... hurándo a concejos y juntas vecinales el aprovechamiento económico/social de esos recursos ?
El Partido Popular no da puntada sin hilo...
Lo descrito , ¿ no es una neodesamortización del procomún ?
La nueva legislación ( el Partido Popular ) no para ahí , que fomenta la "fusión de municipios " , con independencia de su tamaño y poniendo como señiuelo las " múltiples facilidades de acceso a subvenciones , convenios y planes de cooperación ... Pero recalcando el cumplimiento , a rajatabla , del objetivo de estabilidad presupuestaria , deuda pública y regla de gasto "
La nueva normativa promueve una "adaptación a las circunstancias " vía racionalización , austeridad y sometimiento a las leyes del mercado ( ¿ mercadeo ? " , pero no resuelve ninguno de los condicionamientos que han conducido a los ayuntamientos a la crisis actual : debilidad financiera , secuestro de la democrácia local por parte de la partitocrácia y los intereses privados ; subordinación a la "lógica " del crecimiento contínuo ....
La nueva Ley ( el Partido Popular ) no pretende , no obedece a otra cosa que una recentralización competencial y eso supone la pérdida total de la autonomía municipal en la gestión presupuestaria y en la prestación de servicios .
La enfermiza obsesión del Goierno ( Partido Popular ) por la "eficácia y sostenibilidad " , y con estas "reformas ", no traerá mas que nuevos recortes en las partidas sociales a novel local . Unos recortes que se sumarán a los realizados a nivel general .
Vuelvo a escribir : todo esto no es otra cosa que legislar para facilitarle el camino a los intereses privados a fín de que se hagan con la gestión de la totalidad de los servicios públicos ; unos servicios que le serán cobrados al ciudadano " a precio de mercado " .... sin bajarle los impuestos .
martes, 4 de julio de 2017
MUNICIPALISMO - VI -
La Ley de Reforma trastoca el papel del Estado central : deja de ser el garante de la autonomía municipal y provincial para convertirse en un obstáculo que dificulta o impide la mejora y ampliación de la autonomía municipal por parte de la delegación de las CC.AA. , pero no ocurre así con las competencias de las diputaciones provinciales . ( como ha quedado dicho , las diputaciones provinciales carecen de legitimidad democrática directa ) puesto que no se las somete a similares controles financiero-presupuestario al que quedan sometidos los ayuntamientos .
Mediante la Ley , la "iniciativa privada " (hablando en cistiano : privatización de los servicios públicos ) queda primado el limitar el trámite administrativo de autorización para iniciar actividades económicas y se elimina el "monopolio " municipal en los servicios públicos para que puedan ser explotados por las empresas privadas .
La "racionalización " del gasto se despacha con una mayor regularización y limitación en las retribuciones de los ediles y puestos de "libre designación " ( los famosos "asesores " ) y , para ello , se bareman en función de los habitantes del municipio....
Respecto a la "transparencia " , la Ley se limita a imponer " la obligación de determinar el "coste " de los servicios que preste el municipio ( un coste que , por otro lado , establecerá el Ministerio de Hacienda y Administración Pública por medio de Real Decreto ...¡ ....! ) : los ayuntamientos quedan obligados a calcular e informar al Ministerio el coste , directo e indirecto , efectivo de los servicios prestados .
Toda la letra y espíritu de la nueva normativa no es otro que instaurar un nuevo sistema en el ejercicio de las competencias que son propias de los ayuntamientos .
Un nuevo sistema que choca frontálmente con las competencias financieras que están más directa y estréchamente ligadas al principio de autonomía local : el gasto y su priorización ( en eso consiste la política ) .. Un elemento ( el gasto y su priorización ) que el Tribunal Constitucional ha considerado imprescindible para la autonomía municipal .
La noción constitucional de autonomía es consustancial con la autonomía en la priorización entre servicios públicos y , consecuentemente , el poder optar por un incremento en los niveles de la prestación de aquellos servicios que el Ayuntamiento considere conveniente en consonancia con sus posibilidades económicas y las demandas de los ciudadanos .
Para echar más leña a la hoguera de la antidemocrácia , se da a las diputaciones provinciales ( léase lo dicho , sobre ellas , haciendo referencia a u carácter "democrático " ) las competencias para "realizar el seguimiento de los costes efectivos de los servicios prestados por los ayuntamientos de su provincia "
La nueva Ley relega a los ayuntamientos a meras sucursales administrativas de instancias superiores : la Ley fortalece el papel de la Intervención General del estado y ... el control por parte del Gobierno ya que será aquella quien " fijará las normas sobre el procedimiento de control , derechos y deberes en el desarrollo de las funciones públicas necesarias en todas las corporaciones locales ".
Los funcionarios que intervengan en las labores de secretaría ,asesoramiento legal o técnico , control y fiscalización interna , gestión tributaria , contabilidad , tesorería y recaudación serán ( según Ley ) "independientes de las autoridades locales y serán seleccionados y formados por el Estado central teniendo " carácter nacional " ( ¿Cuerpo "nacional " de funcionarios de la Administración Local ? )
Con estas disposiciones , dicen , se "disciplinará " la actividad de las administraciones públicas : una recentralización de la competencia sobre los funcionarios pasándose por el arco del triunfo el estatuto Básico del Empleo Público ( competencia atribuida , por otro lado , a las CC.AA. ).
La nueva normativa reguladora del papel del funcionariado de carácter "nacional ", como ha quedado dicho , relega a los ayuntamientos al papel de simples "sucursal administrativa " de instancias "superiores " para , así, poder controlar la acción política de los ayuntamientos : se habla de control interno pero , en realidad , se trata de un control externo ya que se somete a los empleados públicos municipales ( pagados por los ayuntamientos ) a las directrices e instrucciones de otra administración distinta a la suya natural : la del Estado .
Los funcionarios municipales quedan subordinados a la Administración General del Estado y con una dependencia jerárquica en franca contradición con la potestad de auto organización de los ayuntamientos en el ejercicio de las competencias municipales aseguradas por la garantía constitucional de la autonomía local .
Item más ( y ésto es ya de aurora boreal ) :las actuaciones de intervención de las entidades locales puede realizarse ...¡ al margen de los órganos de representación y administración municipal ! y sin que tenga conocimiento el Ayuntamiento pleno .
¿En qué cabeza cabe que un funcionario municipal , como lo es el Interventor municipal quede invstido como superior al Alcalde ?
Pues en la Ley así se contempla : un funcionario que queda colocado , jerárquicamente , por encima del Alcalde , de un representante de la ciudadanía ¡ ....!
La cosa tiene guasa .... democrática ...
Mediante la Ley , la "iniciativa privada " (hablando en cistiano : privatización de los servicios públicos ) queda primado el limitar el trámite administrativo de autorización para iniciar actividades económicas y se elimina el "monopolio " municipal en los servicios públicos para que puedan ser explotados por las empresas privadas .
La "racionalización " del gasto se despacha con una mayor regularización y limitación en las retribuciones de los ediles y puestos de "libre designación " ( los famosos "asesores " ) y , para ello , se bareman en función de los habitantes del municipio....
Respecto a la "transparencia " , la Ley se limita a imponer " la obligación de determinar el "coste " de los servicios que preste el municipio ( un coste que , por otro lado , establecerá el Ministerio de Hacienda y Administración Pública por medio de Real Decreto ...¡ ....! ) : los ayuntamientos quedan obligados a calcular e informar al Ministerio el coste , directo e indirecto , efectivo de los servicios prestados .
Toda la letra y espíritu de la nueva normativa no es otro que instaurar un nuevo sistema en el ejercicio de las competencias que son propias de los ayuntamientos .
Un nuevo sistema que choca frontálmente con las competencias financieras que están más directa y estréchamente ligadas al principio de autonomía local : el gasto y su priorización ( en eso consiste la política ) .. Un elemento ( el gasto y su priorización ) que el Tribunal Constitucional ha considerado imprescindible para la autonomía municipal .
La noción constitucional de autonomía es consustancial con la autonomía en la priorización entre servicios públicos y , consecuentemente , el poder optar por un incremento en los niveles de la prestación de aquellos servicios que el Ayuntamiento considere conveniente en consonancia con sus posibilidades económicas y las demandas de los ciudadanos .
Para echar más leña a la hoguera de la antidemocrácia , se da a las diputaciones provinciales ( léase lo dicho , sobre ellas , haciendo referencia a u carácter "democrático " ) las competencias para "realizar el seguimiento de los costes efectivos de los servicios prestados por los ayuntamientos de su provincia "
La nueva Ley relega a los ayuntamientos a meras sucursales administrativas de instancias superiores : la Ley fortalece el papel de la Intervención General del estado y ... el control por parte del Gobierno ya que será aquella quien " fijará las normas sobre el procedimiento de control , derechos y deberes en el desarrollo de las funciones públicas necesarias en todas las corporaciones locales ".
Los funcionarios que intervengan en las labores de secretaría ,asesoramiento legal o técnico , control y fiscalización interna , gestión tributaria , contabilidad , tesorería y recaudación serán ( según Ley ) "independientes de las autoridades locales y serán seleccionados y formados por el Estado central teniendo " carácter nacional " ( ¿Cuerpo "nacional " de funcionarios de la Administración Local ? )
Con estas disposiciones , dicen , se "disciplinará " la actividad de las administraciones públicas : una recentralización de la competencia sobre los funcionarios pasándose por el arco del triunfo el estatuto Básico del Empleo Público ( competencia atribuida , por otro lado , a las CC.AA. ).
La nueva normativa reguladora del papel del funcionariado de carácter "nacional ", como ha quedado dicho , relega a los ayuntamientos al papel de simples "sucursal administrativa " de instancias "superiores " para , así, poder controlar la acción política de los ayuntamientos : se habla de control interno pero , en realidad , se trata de un control externo ya que se somete a los empleados públicos municipales ( pagados por los ayuntamientos ) a las directrices e instrucciones de otra administración distinta a la suya natural : la del Estado .
Los funcionarios municipales quedan subordinados a la Administración General del Estado y con una dependencia jerárquica en franca contradición con la potestad de auto organización de los ayuntamientos en el ejercicio de las competencias municipales aseguradas por la garantía constitucional de la autonomía local .
Item más ( y ésto es ya de aurora boreal ) :las actuaciones de intervención de las entidades locales puede realizarse ...¡ al margen de los órganos de representación y administración municipal ! y sin que tenga conocimiento el Ayuntamiento pleno .
¿En qué cabeza cabe que un funcionario municipal , como lo es el Interventor municipal quede invstido como superior al Alcalde ?
Pues en la Ley así se contempla : un funcionario que queda colocado , jerárquicamente , por encima del Alcalde , de un representante de la ciudadanía ¡ ....!
La cosa tiene guasa .... democrática ...
domingo, 2 de julio de 2017
MUNICIPALISMO - V -
La ruptura con el modelo centralista del sistema "turnístico" fue apoyado por el Tribunal Constitucional con sus sentencia de 20 de marzo de 1977 : un año más tarde el Partido Popular ( Gobierno Aznar ) aprobó la Ley Sobre el Régimen del Suelo y Valoración / Ley 6/1988 , 13 de abríl ) . En ella se establece el carácter de urbanizable para todo el suelo : ¡ carta blanca y patente de corso ! a los "agentes urbanizadores " .
El marco institucional español no permite que la democrácia local sirva de contrapeso a la enorme cantidad de suelo urbanizable introducido en el mercado , a la sombra de la legalización urbanística : ha sido el própio Estado quien ha propiciado - con su legislación - la "burbuja inmobiliaria " y empujó a las administraciones locales hacia su dependencia respecto a las rentas que vienen asociadas al "ladrillo y cemento " .
Al estallarnos en las narices - y otra parte menos púdica - la burbuja inmobiliaria también estalló , por simpatía , todo el modelo de crecimiento , desarrollo y financiación municipal .
No en vano los ingresos por el , genéricamente , urbanísmo suponía suponía más del 50 % del montante total y por todos los conceptos y con el estallido, estos ingresos , disminuyeron en más del 70 % produciéndose el colapso de muchas haciendas locales ( incluida la autonómica ) .
A ésto hay que sumar el bochornoso espectáculo de la ingente cantidad de escándalos de corrupción , económica y política , a todo nivel .
Paradójicamente , toda esta enmerdada auspiciada por un Gobierno del Estado , ha servido a otro Gobierno del Estado - del mismo color y gaviota - a emprender una reforma de las administraciones locales : la democracia municipal, la autonomía local y la flexibilidad legislativa han sido las cabezas de turco sobre las que cargar el "muerto " de la hecatombe financiera y el pretexto perfecto para imponer un recorte drástico en ellas .
Se ha legislado no para mejorar la democracia y parar la corrupción , que se ha legislado para instaurar un "modelo de Estado " . Un Estado sometido al control del déficit público y a la "estabilidad presupuestaria " .
La reforma auspiciada por el Gobierno del Reino de España ( no lo olvidemos : del P.P. y a su cabeza el Sr. Rajoy ) , que entró en vigor el día 1 de enero de 2016 , supone un cámbio radical en toda la estructura de la administración pública local .
Por esta Ley , se traspasa las competencias municipales a las diputaciones provinciales y a las comunidades autónomas , lo que ha supuesto un desdibujado de los municipios como entidades soberanas en la toma de decisiones.
Y lo que es peor : copiando fórmulas , que se creían periclitadas , de control e imponiendo nuevas fórmulas de tutela sobre las administraciones locales .
Y , ¿ qué significa ésto ?- se preguntará el , amable , lector - . Pues nada más y nada ménos que desalojar a los municipios de su poder obligándoseles a realizar solo funciones de gestión administrativa sin quitarles la carga de sus obligaciones económicas .
El rimbombante título de la Ley - Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local - quiere ocultar sus auténticas motivaciones y adjetivos : la "estabilidad presupuestaria " .
Previo a ello - de matute , con agosticidad y alevosía - realizaron - artículo 135 - una "reforma " de la Constitución ( ¡ la Intocable ! ) que fue remachada mediante la Ley Orgánica 2 / 2012 27 de abril de "Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera " ( parece ser que el Gobierno del Reino de España tiene querencia por los títulos rebuscados , rimbombantes ...)
Inciso : el esclerotizado Parlamento Español se limita a validar todo aquello que le pone delante el Gobierno sin parar en mientes si se trata de un huevo frito , una tortilla a la francesa o huevos escalfados ...
Esta , malhadada , Ley Orgánica no obedece a otros intereses que el cumplir los mandatos de "Bruselas " ( nombre que es un eufemismo del cártel bancario europeo ) : " .... prioridad absoluta de pago de los intereses y capital de la deuda pública frente a cualquier otro tipo de gasto , tal como esablece la Constitución (reformada en su artículo en el contexto y forma descrita ) , lo que constituye una garantía rotunda ante los inversores " .
El Gobierno del P.P. no suele dar puntada sin hilo ...
En la Ley de Bases de Régimen Local ( Ley de Racionalización , etc .) se dice que obedece a una "preocupación por la gestión eficiente de los recursos financieros, la sostenibilidad económica y por la racionalización y contención del gasto de las administraciones locales " .
En realidad , ¿no querían decir que su intención es la de racionalizar el expolio al que han sido sometidas las haciendas locales y el sometimiento total al mercado y a los principios de austeridad y pago dela deuda ?
Por medio de la "estabiidad presupuestarias " se justifica la intervención - por parte del Gobierno - financiera y económica de los ayuntamientos .
La "preocupación por la sostenibilidad económica " es el eufemismo de repago de los servicios públicos .
Si nos leemos el "tocho legal " veremos que el objetivo de la Ley son "clarificar las competencias municipales " para evitar duplicidades ; "recionalizar la estructura organizaiva municipal " para que cumpla los principios de eficiencia , estabilidad y sostenibilidad económica ; garantizar el control , por el Estado , presupuestario y financiero municipal y favorecer la iniciativa privada evitando intervenciones administrativas ( puerta abierta a la privatización de todos los servicios municipales )
En la Ley de Bases de 1985 se decía que los ayuntamientos "tienen derecho a intervenir en cuantos asuntos afecten diréctamente a su círculo de intereses en consonancia con los principiuos de descentralización y máxima proximidad de la gestión administrativa de los ciudadanos " y la Ley de Reforma choca con éste derecho reconocido y con el principio de una democrácia ocal en la wue las instituciones de gobierno deben organizarse de acuerdo a los principios de proximidad y tamaño asumible .
Para rematar y remachar la faena , la reforma legal añade a las bases ( 1985) de la administración local ( autonomía local , interdependencioa de las administraciones , descentralización y máxima proximidad de la gestión prescrita en la Ley ) aquello de la eficácia , eficiencia y férreo sometimiento a las normas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera .
La nueva normativa centraliza la gesdtión municipal en todo lo referido a educación , salud y servicios sociales - municipios menores de 20 .000 habitantes - alejándola de los ciudadanos ya que la desplaza a las diputaciones provisionales o a la Comunidad Autónoma
El marco institucional español no permite que la democrácia local sirva de contrapeso a la enorme cantidad de suelo urbanizable introducido en el mercado , a la sombra de la legalización urbanística : ha sido el própio Estado quien ha propiciado - con su legislación - la "burbuja inmobiliaria " y empujó a las administraciones locales hacia su dependencia respecto a las rentas que vienen asociadas al "ladrillo y cemento " .
Al estallarnos en las narices - y otra parte menos púdica - la burbuja inmobiliaria también estalló , por simpatía , todo el modelo de crecimiento , desarrollo y financiación municipal .
No en vano los ingresos por el , genéricamente , urbanísmo suponía suponía más del 50 % del montante total y por todos los conceptos y con el estallido, estos ingresos , disminuyeron en más del 70 % produciéndose el colapso de muchas haciendas locales ( incluida la autonómica ) .
A ésto hay que sumar el bochornoso espectáculo de la ingente cantidad de escándalos de corrupción , económica y política , a todo nivel .
Paradójicamente , toda esta enmerdada auspiciada por un Gobierno del Estado , ha servido a otro Gobierno del Estado - del mismo color y gaviota - a emprender una reforma de las administraciones locales : la democracia municipal, la autonomía local y la flexibilidad legislativa han sido las cabezas de turco sobre las que cargar el "muerto " de la hecatombe financiera y el pretexto perfecto para imponer un recorte drástico en ellas .
Se ha legislado no para mejorar la democracia y parar la corrupción , que se ha legislado para instaurar un "modelo de Estado " . Un Estado sometido al control del déficit público y a la "estabilidad presupuestaria " .
La reforma auspiciada por el Gobierno del Reino de España ( no lo olvidemos : del P.P. y a su cabeza el Sr. Rajoy ) , que entró en vigor el día 1 de enero de 2016 , supone un cámbio radical en toda la estructura de la administración pública local .
Por esta Ley , se traspasa las competencias municipales a las diputaciones provinciales y a las comunidades autónomas , lo que ha supuesto un desdibujado de los municipios como entidades soberanas en la toma de decisiones.
Y lo que es peor : copiando fórmulas , que se creían periclitadas , de control e imponiendo nuevas fórmulas de tutela sobre las administraciones locales .
Y , ¿ qué significa ésto ?- se preguntará el , amable , lector - . Pues nada más y nada ménos que desalojar a los municipios de su poder obligándoseles a realizar solo funciones de gestión administrativa sin quitarles la carga de sus obligaciones económicas .
El rimbombante título de la Ley - Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local - quiere ocultar sus auténticas motivaciones y adjetivos : la "estabilidad presupuestaria " .
Previo a ello - de matute , con agosticidad y alevosía - realizaron - artículo 135 - una "reforma " de la Constitución ( ¡ la Intocable ! ) que fue remachada mediante la Ley Orgánica 2 / 2012 27 de abril de "Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera " ( parece ser que el Gobierno del Reino de España tiene querencia por los títulos rebuscados , rimbombantes ...)
Inciso : el esclerotizado Parlamento Español se limita a validar todo aquello que le pone delante el Gobierno sin parar en mientes si se trata de un huevo frito , una tortilla a la francesa o huevos escalfados ...
Esta , malhadada , Ley Orgánica no obedece a otros intereses que el cumplir los mandatos de "Bruselas " ( nombre que es un eufemismo del cártel bancario europeo ) : " .... prioridad absoluta de pago de los intereses y capital de la deuda pública frente a cualquier otro tipo de gasto , tal como esablece la Constitución (reformada en su artículo en el contexto y forma descrita ) , lo que constituye una garantía rotunda ante los inversores " .
El Gobierno del P.P. no suele dar puntada sin hilo ...
En la Ley de Bases de Régimen Local ( Ley de Racionalización , etc .) se dice que obedece a una "preocupación por la gestión eficiente de los recursos financieros, la sostenibilidad económica y por la racionalización y contención del gasto de las administraciones locales " .
En realidad , ¿no querían decir que su intención es la de racionalizar el expolio al que han sido sometidas las haciendas locales y el sometimiento total al mercado y a los principios de austeridad y pago dela deuda ?
Por medio de la "estabiidad presupuestarias " se justifica la intervención - por parte del Gobierno - financiera y económica de los ayuntamientos .
La "preocupación por la sostenibilidad económica " es el eufemismo de repago de los servicios públicos .
Si nos leemos el "tocho legal " veremos que el objetivo de la Ley son "clarificar las competencias municipales " para evitar duplicidades ; "recionalizar la estructura organizaiva municipal " para que cumpla los principios de eficiencia , estabilidad y sostenibilidad económica ; garantizar el control , por el Estado , presupuestario y financiero municipal y favorecer la iniciativa privada evitando intervenciones administrativas ( puerta abierta a la privatización de todos los servicios municipales )
En la Ley de Bases de 1985 se decía que los ayuntamientos "tienen derecho a intervenir en cuantos asuntos afecten diréctamente a su círculo de intereses en consonancia con los principiuos de descentralización y máxima proximidad de la gestión administrativa de los ciudadanos " y la Ley de Reforma choca con éste derecho reconocido y con el principio de una democrácia ocal en la wue las instituciones de gobierno deben organizarse de acuerdo a los principios de proximidad y tamaño asumible .
Para rematar y remachar la faena , la reforma legal añade a las bases ( 1985) de la administración local ( autonomía local , interdependencioa de las administraciones , descentralización y máxima proximidad de la gestión prescrita en la Ley ) aquello de la eficácia , eficiencia y férreo sometimiento a las normas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera .
La nueva normativa centraliza la gesdtión municipal en todo lo referido a educación , salud y servicios sociales - municipios menores de 20 .000 habitantes - alejándola de los ciudadanos ya que la desplaza a las diputaciones provisionales o a la Comunidad Autónoma
MUNICIPALISMO - IV -
La "crisis " ha destapado los desmanes que han quedado descritos , en entradas anteriores , y el desmadre , el desastre que ha supuesto las "políticas " adoptadas e implantadas en unos municipios que tenían autonomía institucional para ello pero no posibilidad de un funcionamiento normal ya que carecían de infraestructura técnica y política capaz de sostener - aunque fuera mínimamente - la presión desarrollista sin verse desbordados .
A ello se ha sumado que los gobiernos autonómicos han venido haciendo dejación de sus funciones competenciales en la ordenación del territorio : una colaboración tácita o expresa en el fomento de esas políticas .
En otras ocasiones y lugares , he hablado de una " neodesamortización " , de una almoneda con la propiedad común...
Ahora y aquí no puedo sustraerme a recordar lo que escribió , al efecto , el profesor Simón Segura , D. Francisco : "... La desamortización sirvió para consolidar el poder de la burguesía " ( Contribución al estudio de la desamortización en españa )
Y no olvidemos lo que , a su vez y sobre el tema , escribió D. Francisco Tomás y Valiente :
"¿Terminó ya la desamortización ?. ¿Es esta una operación concluida , realizada irepetiblemente ? . No me refiero con estos interrogantes a la cuestión de la vigencia de aquel fenómeno a través de sus efectos aún presentes, si no a la posible repetición en nuestros días , y en la esfera municipal , de operaciones aisladas entre si pero que en su común resultado es o será tal vez la perdida de unos bienes municipales que pasarán a propiedad privada .... hay otras formas de nuevas desamortizaciones .
En ocasiones , las actuales autoridades municipales defienden tales enajenaciones argumentando , por ejemplo , que los pueblos o ciudades nada pierden ya que transforman su propiedad al poder invertir el producto de la enajenación , de la venta de tierras ,bosques , etc en reformas u obras municipales "
¿ Habrán leído ediles y políticos neodesamortizadores el "argumentario " sobre la "variación de la forma de propiedad " esgrimido por Madoz y Escosura en 1855 ? . me temo que no.... Pero eso , su iletralidad , es otra cuestión ...
":::: Confieso mi escepticismo ante tales razonamientos : la experiencia histórica me convence más que los argumentos de algunos políticos actuales y , ello , porque pienso y temo que si se enajenase , por ejemplo , la dehesa del Saler de Valencia ( mi ciudad aunque no resido en ella ) los beneficiarios de tal desamortización total o parcial serían los compradores , en los que no se encontrarían - temo y pienso - entre los modestos artesanos del barrio del Carmen; sigo temiendo y pensando que los compradores de tal excepcional paraje ( o las partes del mismo que se vendieran ) pertenecerían más bien a la alta burguesía local ,nacional o extranjera , y que , de consumarse el actal proyecto , el simple vecino valenciano encontrará difícilmente , en el futuro , un hueco libre del que podrá disfrutar entre hoteles de lujo , pabellones colectivos , campos de golf y verjas de "chalets " de propiedad privada " ( El marco político de la desamortización en España )
Ámbos profesores "dieron en el clavo "- sobre todo D. Francisco Tomás y Valiente ) al contestar negatívamente , a las dos cuestiones planteadas , poniendo negro sobre blanco , sin tapujos ,eufemismos ni neolenguaje los qué , cómo ,por qué y quienes .
A ello se ha sumado que los gobiernos autonómicos han venido haciendo dejación de sus funciones competenciales en la ordenación del territorio : una colaboración tácita o expresa en el fomento de esas políticas .
En otras ocasiones y lugares , he hablado de una " neodesamortización " , de una almoneda con la propiedad común...
Ahora y aquí no puedo sustraerme a recordar lo que escribió , al efecto , el profesor Simón Segura , D. Francisco : "... La desamortización sirvió para consolidar el poder de la burguesía " ( Contribución al estudio de la desamortización en españa )
Y no olvidemos lo que , a su vez y sobre el tema , escribió D. Francisco Tomás y Valiente :
"¿Terminó ya la desamortización ?. ¿Es esta una operación concluida , realizada irepetiblemente ? . No me refiero con estos interrogantes a la cuestión de la vigencia de aquel fenómeno a través de sus efectos aún presentes, si no a la posible repetición en nuestros días , y en la esfera municipal , de operaciones aisladas entre si pero que en su común resultado es o será tal vez la perdida de unos bienes municipales que pasarán a propiedad privada .... hay otras formas de nuevas desamortizaciones .
En ocasiones , las actuales autoridades municipales defienden tales enajenaciones argumentando , por ejemplo , que los pueblos o ciudades nada pierden ya que transforman su propiedad al poder invertir el producto de la enajenación , de la venta de tierras ,bosques , etc en reformas u obras municipales "
¿ Habrán leído ediles y políticos neodesamortizadores el "argumentario " sobre la "variación de la forma de propiedad " esgrimido por Madoz y Escosura en 1855 ? . me temo que no.... Pero eso , su iletralidad , es otra cuestión ...
":::: Confieso mi escepticismo ante tales razonamientos : la experiencia histórica me convence más que los argumentos de algunos políticos actuales y , ello , porque pienso y temo que si se enajenase , por ejemplo , la dehesa del Saler de Valencia ( mi ciudad aunque no resido en ella ) los beneficiarios de tal desamortización total o parcial serían los compradores , en los que no se encontrarían - temo y pienso - entre los modestos artesanos del barrio del Carmen; sigo temiendo y pensando que los compradores de tal excepcional paraje ( o las partes del mismo que se vendieran ) pertenecerían más bien a la alta burguesía local ,nacional o extranjera , y que , de consumarse el actal proyecto , el simple vecino valenciano encontrará difícilmente , en el futuro , un hueco libre del que podrá disfrutar entre hoteles de lujo , pabellones colectivos , campos de golf y verjas de "chalets " de propiedad privada " ( El marco político de la desamortización en España )
Ámbos profesores "dieron en el clavo "- sobre todo D. Francisco Tomás y Valiente ) al contestar negatívamente , a las dos cuestiones planteadas , poniendo negro sobre blanco , sin tapujos ,eufemismos ni neolenguaje los qué , cómo ,por qué y quienes .
sábado, 1 de julio de 2017
MUNICIPALISMO - III-
Las "administraciones locales " ,para su supervivencia - y otras razones más espúrias - no han tenido otra que subordinarse al "teatro " de una plítica " desarrollista : el incremento de la oferta de suelo y vivienda convirtió a los ayunntamientos en "empresarios " de suelo público -olvidando aquello de gestores de la función social del "suelo municipal " - y captadores de inversiones inmobiliarias .
Los ayuntamientos entraron en competenia faraónica : a ver quien poseía más y más "bonito " ( ¿ a ver que alcalde la tenía más larga ? ) con el consiguiente coste i endeudamiento .
Poca "magia " había en todo ello : los recuirsos de los que se echó mano no fueron otros que el patrimonio municipal , el patrimonio ciudadano, el común ...
Para ser claros : privatizaciones y expolio ( una neo desamorizacion ; léase al profesor Tomas y Valiente en su magistral libro " El marco político de la desamortización en España ) de lo que es de todos.
Esta "lógica empresarial " municipal explica la proliferación de obras "faraónicas ", inútiles , que no fueron ni serán rentables sociálmente. En ninguna de las acepciones del adjetivo .
Para justificar el expolio de los bienes del común se ha venido aduciendo una demencial "razón de rentabilidad turística , de imagen y prestigio " ( ¡¡¡¡!!!!) ... pero la puñetera realidad ha sido que , de todo ello , sacaban - sacan - pingües beneficios una caterva de sinvergüenzas - pan para hoy , etc - ; una caterva en la que quedan incluidos una serie de " políticos " con su" momento de glória "a costa del bolsillo del contribuyente y la ruina de los servicios públicos : mucha polvareda , oropel , cartón - piedra y fastos grandiosos ; mucha fachada quitando de lo esencial ponerlo en lo supérfluo .y/ accesorio .
La "reconversión municipal hacia el modelo empresarial " ha supuesto una serie de distorsiones en el sector público y privado : institucionalización de la presencia de la empresa privada en la dministración Pública con la consecuencia de aparcición de nuevos caciquismos y desnatuiralización
de la esencia municipal al confundir el beneficio - privado - con progreso .
Paradigmáticos han sido los "casis " Madrid , Valencia ; Alicante , El Campello ...
Los años del aznarato ( el "milagro económico aznariano ) - hasta 2008 - se caracterizaron por una confluencia de intereses : unos municipios desbocados por aumentar , mas y mas, su oferta de suelo; "promotores " dedicados a la "recalificación " de suelo y empresas de construcción hanbrientas de necio a través de una urbanización ilimitada , obras públicas - la mayor de las veces - inecesarias , artificosas ...
Los "nuevos " oligarcas " ( asociación de negociantes ) políticos , sin ética ni escrúpulo , conseguidores y pícaros de baja estofa .... fueron los beneficiarios de todos lo que ha quedado descrito : de las "plusvalías " inmobiliarias , la licitación de obra pública e infraestrucuras .
La "explosión " de la obra pública , incontrolada e incontrolable , supuso la aparición de grupos de presión (el lobbismo nada tiene que ver ) - apoyados desde alguans CC. de AA .- que tuvieron la capacidad y la habilidad de / para dirigir - más o menos desde la sombra - las decisiones políticas municipales mediente una "alianza " con la clase política .
La "lógica de mercado " en la obra y ervicio públicos- e inmobiliario - es la creación de una red clientelar, de relaciones , de cara al reparto de plusvalías obtenidas en la depredación : aquí esta "la madre del cordero " de todos loos casos de corrupción - destapados o no - : durante la época de vacas gordas , esa red de intereses era una maquinária , bién engrasada , de reparto de " dividendos ".
Al llegar las vacas flacas han menguado esos dividendos y se ha abiero la caja de Pandora y aquellos que han quedado fuera del "sistema de reparto - por una u otra razón - de las plusvalías " o han sido pillados con el culo al aire amenazan con "tirar de la manta " ( aunque son rápidamente neutralizados por el sistema más idóneo )
Todo ésto no es mas que la descripción de lss síntomas de la descomposición del sistema , de las "redes clientelares " , del "capitalismo familiar y amiguetes " .... Si me apuran : de todo el sistema.
Visión de futuro , desarrollo , creación de empleo .... Esa era /es la argumentación que utilizan para legitimar el desmadre , la bacanal , la orgía economicista que ha supuesto una brutal transformación- a peor - del medio urbano y natural , de las condiciones de vida de una inmensa mayoría de los ciudadanos .
Hemos asistido a una privatización de los gobiernos - a todo nivel - y a una insoportable mengua de la "democracia local " : la "empresarización " de las administraciones n es la respuesta adecuada a las necesidades de adaptación de las políticas económicas públicas a la "lógica " del mercado .
Las , sucesivas , crísis han puesto de manifiesto que todas esas transformaciones acaban por ahogar a los ayuntamientos mediante una esiral, siempre creciente , de sobreendeudamiento, privatizaciones, venta de patrimi¡onio comunal ...
Los ayuntamientos entraron en competenia faraónica : a ver quien poseía más y más "bonito " ( ¿ a ver que alcalde la tenía más larga ? ) con el consiguiente coste i endeudamiento .
Poca "magia " había en todo ello : los recuirsos de los que se echó mano no fueron otros que el patrimonio municipal , el patrimonio ciudadano, el común ...
Para ser claros : privatizaciones y expolio ( una neo desamorizacion ; léase al profesor Tomas y Valiente en su magistral libro " El marco político de la desamortización en España ) de lo que es de todos.
Esta "lógica empresarial " municipal explica la proliferación de obras "faraónicas ", inútiles , que no fueron ni serán rentables sociálmente. En ninguna de las acepciones del adjetivo .
Para justificar el expolio de los bienes del común se ha venido aduciendo una demencial "razón de rentabilidad turística , de imagen y prestigio " ( ¡¡¡¡!!!!) ... pero la puñetera realidad ha sido que , de todo ello , sacaban - sacan - pingües beneficios una caterva de sinvergüenzas - pan para hoy , etc - ; una caterva en la que quedan incluidos una serie de " políticos " con su" momento de glória "a costa del bolsillo del contribuyente y la ruina de los servicios públicos : mucha polvareda , oropel , cartón - piedra y fastos grandiosos ; mucha fachada quitando de lo esencial ponerlo en lo supérfluo .y/ accesorio .
La "reconversión municipal hacia el modelo empresarial " ha supuesto una serie de distorsiones en el sector público y privado : institucionalización de la presencia de la empresa privada en la dministración Pública con la consecuencia de aparcición de nuevos caciquismos y desnatuiralización
de la esencia municipal al confundir el beneficio - privado - con progreso .
Paradigmáticos han sido los "casis " Madrid , Valencia ; Alicante , El Campello ...
Los años del aznarato ( el "milagro económico aznariano ) - hasta 2008 - se caracterizaron por una confluencia de intereses : unos municipios desbocados por aumentar , mas y mas, su oferta de suelo; "promotores " dedicados a la "recalificación " de suelo y empresas de construcción hanbrientas de necio a través de una urbanización ilimitada , obras públicas - la mayor de las veces - inecesarias , artificosas ...
Los "nuevos " oligarcas " ( asociación de negociantes ) políticos , sin ética ni escrúpulo , conseguidores y pícaros de baja estofa .... fueron los beneficiarios de todos lo que ha quedado descrito : de las "plusvalías " inmobiliarias , la licitación de obra pública e infraestrucuras .
La "explosión " de la obra pública , incontrolada e incontrolable , supuso la aparición de grupos de presión (el lobbismo nada tiene que ver ) - apoyados desde alguans CC. de AA .- que tuvieron la capacidad y la habilidad de / para dirigir - más o menos desde la sombra - las decisiones políticas municipales mediente una "alianza " con la clase política .
La "lógica de mercado " en la obra y ervicio públicos- e inmobiliario - es la creación de una red clientelar, de relaciones , de cara al reparto de plusvalías obtenidas en la depredación : aquí esta "la madre del cordero " de todos loos casos de corrupción - destapados o no - : durante la época de vacas gordas , esa red de intereses era una maquinária , bién engrasada , de reparto de " dividendos ".
Al llegar las vacas flacas han menguado esos dividendos y se ha abiero la caja de Pandora y aquellos que han quedado fuera del "sistema de reparto - por una u otra razón - de las plusvalías " o han sido pillados con el culo al aire amenazan con "tirar de la manta " ( aunque son rápidamente neutralizados por el sistema más idóneo )
Todo ésto no es mas que la descripción de lss síntomas de la descomposición del sistema , de las "redes clientelares " , del "capitalismo familiar y amiguetes " .... Si me apuran : de todo el sistema.
Visión de futuro , desarrollo , creación de empleo .... Esa era /es la argumentación que utilizan para legitimar el desmadre , la bacanal , la orgía economicista que ha supuesto una brutal transformación- a peor - del medio urbano y natural , de las condiciones de vida de una inmensa mayoría de los ciudadanos .
Hemos asistido a una privatización de los gobiernos - a todo nivel - y a una insoportable mengua de la "democracia local " : la "empresarización " de las administraciones n es la respuesta adecuada a las necesidades de adaptación de las políticas económicas públicas a la "lógica " del mercado .
Las , sucesivas , crísis han puesto de manifiesto que todas esas transformaciones acaban por ahogar a los ayuntamientos mediante una esiral, siempre creciente , de sobreendeudamiento, privatizaciones, venta de patrimi¡onio comunal ...
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